Reajuste de remuneraciones del sector público ya es ley

Con fecha 3 de enero de 2025, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.724, que Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales.

Objetivo

El presente texto legal tiene por objeto reajustar las remuneraciones del Sector Público, conceder aguinaldos de Navidad y de Fiestas Patrias para el sector activo y pasivo, otorgar otros beneficios que indica y modernizar la gestión del Estado en las materias señaladas.

Contenido

En términos generales, la ley otorga un incremento total de 4,9% para los trabajadores, el que se pagará en tres etapas: los salarios para el sector se incrementarán en un 3,0%, a contar del 1 de diciembre de 2024; posteriormente se efectuarán nuevas alzas a contar del 1 de enero y 1 junio de 2025, de un 1,2% y 0,64%, respectivamente. Con lo anterior, se completa el mencionado 4,9% total.

Asimismo, se establece un aguinaldo de Navidad de $68.865 para las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración líquida percibida en el mes de noviembre de cada año que corresponda sea igual o inferior a $1.025.622, y de $36.427 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.

El aguinaldo señalado también beneficiará a funcionarios, directivos y asistentes de la educación de la Junji vía transferencia de fondos traspasados a los Servicios Locales de Educación Pública o dependientes de municipalidades o corporaciones municipales, así como para las y los asistentes de la educación pública.

Aguinaldos

La nueva normativa concede un aguinaldo de Fiestas Patrias el cual pasa a tener un carácter permanente de acuerdo a las condiciones que establece la norma del sector activo: El monto del aguinaldo será de $88.667 para las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de agosto de la anualidad respectiva sea igual o inferior a $1.025.622, y de $61.552 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.

Por otra parte, la ley regula los aguinaldos de navidad y de septiembre del sector pasivo; así como los bonos de escolaridad y vacaciones, los que se reajustarán vía IPC.

Cabe destacar, que todos estos beneficios se incorporan desde este año con carácter de permanente, ya que, hasta hoy, se incluían, año a año, en cada proyecto de reajuste.

Se debe señalar, que los aguinaldos establecidos no corresponderán a las trabajadoras y a los trabajadores cuyas remuneraciones sean pagadas en moneda extranjera. Tampoco serán imponibles ni tributables y, en consecuencia, no estarán afectos a descuento alguno.

Otros beneficios

Bono de invierno para pensionados: La norma contempla un bono de invierno de $ 81.257, para las pensionadas y los pensionados del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley N° 16.744, que cumplan con las condiciones establecidas en la misma ley.
Asimismo, se contemplan aportes para los servicios de bienestar, para las universidades, perfeccionamientos de normas al teletrabajo, modificación de la planta de Gendarmería, entrega de un bono para personal de Carabineros y una asignación de estímulo en materia de salud.

La ley contempla un reajuste de bonos de 4,2%; y un reajuste de 2% adicional para remuneraciones mínimas y bonos para rentas bajas -por encima del general-, quedando en 6,2% en enero y 6,9% en junio de 2025.

En relación al retiro de los funcionarios públicos, se considera una vigencia permanente de los incentivos al retiro para los trabajadores de las organizaciones gremiales que firmaron el protocolo de acuerdo, fijando cupos y reglas de aplicación en transición. Junto con eso, propone que a partir del año 2027 los funcionarios cesarán en sus funciones al cumplir 75 años, teniendo derecho a una indemnización con ciertos topes.

Finalmente, se debe destacar que según consta en el informe financiero, el costo que importará la ejecución de esta ley es de $357.182 millones el año 2024 y de $2.016.914 millones el año 2025.

Modificaciones

La norma en comento modifica los siguientes cuerpos legales:

– Ley N° 19.429, Otorga reajuste de remuneraciones a trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y otros beneficios de carácter pecuniario
– Ley N° 20.924, Otorga una asignación extraordinaria, por única vez, para los funcionarios públicos de menores remuneraciones de la Región de Atacama, que cumplan las condiciones que se indican
– Ley N° 20.883, Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica
– Ley N° 21.526, Otorga reajuste de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales
– DFL N° 33, Fija Estatuto del Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores
– DFL N° 1, Fija y modifica las plantas de personal de Gendarmería de Chile que indica
– Ley N° 21.196, Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales
– DFL N° 1-18.834, Adecúa Planta y Escalafones de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda
– Ley N° 21.713, Dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal
– Ley N° 20.853, Fortalece al Servicio de Impuestos Internos para implementar la Reforma Tributaria
– Ley N° 21.640, de Presupuestos del Sector Público
– DFL N° 1, Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070, que aprobó el Estatuto de los profesionales de la educación
– Ley N° 20.903, Crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente y modifica otras normas
– Ley N° 20.529, Crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media
– Ley N° 20.816, Perfecciona normativa sobre profesionales y trabajadores del sector público de salud
– Ley N° 21.643, Modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo
– Ley N° 21.306, Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales
– Ley N° 21.713
– Ley N° 21.722, de Presupuestos del Sector Público
– Ley N° 21.040, Crea el Sistema de Educación Pública
– Ley N° 21.327, Modernización de la Dirección del Trabajo
– Ley N° 20.948, Otorga una bonificación adicional y otros beneficios de incentivo al retiro para los funcionarios y funcionarias de los servicios públicos que se indican y modifica el Título II de la ley Nº 19.882
– Ley N° 21.003, Extiende los beneficios de la ley N° 20.948 a los funcionarios y funcionarias de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, establece normas específicas para el incentivo de la ley N° 20.213 y modifica los requisitos de ingreso y promoción de la función de supervisión de la planta de profesionales de dicho Servicio
– Ley N° 20.919, Otorga bonificación por retiro voluntario al personal regido por la ley N° 19.378 que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal
– Ley N° 20.921, Otorga bonificación por retiro voluntario a los funcionarios del sector salud que indica
– Ley N° 20.976, Permite a los profesionales de la educación que indica, entre los años 2016 y 2024, acceder a la bonificación por retiro voluntario establecida en la ley N° 20.822
– Ley N° 21.043, Otorga una bonificación adicional por retiro al personal académico, directivo y profesional no académico de las Universidades del Estado
– Ley N° 21.135, Otorga beneficios de incentivo al retiro para los funcionarios municipales que indica
– Ley N° 20.964, Otorga bonificación por retiro voluntario al personal asistente de la educación que indica
– Ley N° 20.996, Otorga bonificación adicional por retiro al personal no académico ni profesional de las universidades del Estado
– Ley N° 21.722, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025.

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