Se publica ley que crea convenios de pago para transportistas

Con fecha 18 de octubre de 2023, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.616, que Crea convenios de pago para alivianar la deuda asociada a los préstamos solidarios para transportistas contemplados en las leyes N° 21.256 y N° 21.323.

Antecedentes

En el contexto provocado por la pandemia de COVID-19, el Gobierno impulsó un conjunto de iniciativas para atenuar los impactos negativos de tal situación en la vida y el bienestar de las familias en nuestro país.

Dentro de estas medidas se encuentran las leyes N° 21.256, que Establece Medidas Tributarias que Forman Parte del Plan de Emergencia para la Reactivación Económica y del Empleo en un Marco de Convergencia Fiscal de Mediano Plazo y la ley N° 21.323, que Establece Un Nuevo Bono Clase Media y un Bono Solidario para la Protección de los Ingresos de la Clase Media.

Ambas normas establecieron acuerdos con los gremios de transportistas para conceder bonos y préstamos, a microempresarios del sector de transporte y a conductores del transporte remunerado de pasajeros. Asimismo, se dispuso que en caso de no pago dentro de plazo fijado por las mismas leyes, las cuotas adeudadas se agregarán al cobro del permiso de circulación que les corresponda, siendo requerido su pago a Tesorería para la obtención del mismo.

En abril del año en curso 2023, del total de 36.323 beneficiarios de ambas leyes, existían 31.211 beneficiarios con deudas impagas; la magnitud de los montos adeudados hacía muy difícil que los beneficiarios morosos pudieran pagar el total de los montos impagos y, por lo tanto, no podrían renovar su permiso de circulación.

En este complejo escenario, se constituyó una mesa de trabajo entre el Ministerio de Hacienda, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y la Tesorería General de la República, con el mandato de buscar soluciones ante la inminente imposibilidad de obtener el antedicho permiso, y de encontrar otras medidas que pudieran facilitar el pago.

Objetivo

La ley en comento tiene por propósito de viabilizar el pago de la deuda asociada a los préstamos solidarios para transportistas, contemplados en las leyes N°21.256 y N°21.323.

Con la nueva legislación, se busca esclarecer las inquietudes planteadas por algunos beneficiarios, respecto de las acciones de cobranza ya iniciadas.

Contenido

El nuevo texto legal establece una nueva oportunidad para que, dentro de un periodo de seis meses, los beneficiarios con deudas pendientes a título de los préstamos solidarios de los años 2020 y 2021 del sector transporte – hayan o no suscrito un convenio previamente con la Tesorería General de la República – puedan suscribir nuevos convenios para el pago en cuotas periódicas, mensuales y sucesivas, bajo condiciones más beneficiosas que los convenios generales del Servicio de Tesorerías.

Los potenciales beneficiarios son los deudores con convenio vigente y al día, y los morosos con y sin convenio; a los que se le entrega la opción de pagar en hasta 36 meses, en cuotas periódicas, mensuales y sucesivas.

A la fecha de suscripción del convenio, el Servicio de Tesorerías convertirá la deuda indicada o el saldo remanente de pago, de unidades de fomento a pesos. Por otra parte, la ley dispone que dichos convenios de pago no generarán reajustes, intereses ni multas mientras el deudor se encuentre cumpliendo y lo mantenga vigente.

En caso de que los convenios queden sin efecto por falta de cumplimiento conforme a las instrucciones a que se refiere el inciso anterior, las deudas se fijarán nuevamente en unidades de fomento a la fecha de la caducidad del convenio, para efectos de su recaudación y cobro, pero no generará otros recargos legales.

Equipo Editorial Thomson Reuters

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