Al Senado proyecto que persigue penalmente el delito de abigeato

Título del Proyecto:
Modifica el Código Penal en materia de diligencias destinadas a investigar la comisión del delito de abigeato

Etapa en que se encuentra:
– Segundo trámite constitucional

Fecha de Ingreso:
Jueves 5 de julio, 2018


La iniciativa busca implementar nuevas herramientas de investigación que faciliten las sanciones para el abigeato o robo de animales en el sector rural.

La Sala de la Cámara despachó al Senado por 127 votos a favor y 8 abstenciones el proyecto, originado en mociones refundidas, que modifica diversos textos legales en materia de tipificación, sanciones aplicables y persecución del delito de abigeato (boletines11886, 11890 y 12334).

La propuesta, modifica el Código Penal en materia de diligencias destinadas a investigar la comisión del delito de abigeato, para sancionar la asociación ilícita. Además, modifica otros textos legales en materia de tipificación, sanciones aplicables y persecución del delito de abigeato.

Delito Abigeato

Entre otros aspectos, el texto considera autor del delito de abigeato al que, sin el consentimiento de quienes pueden disponer del ganado, comercie animales vivos. También, carne procesada o en cualquier estado, que no se encuentren respaldadas mediante los certificados que acrediten fehacientemente su origen.

Lo mismo, si recibe de alguna persona animales vivos, carne procesada o en cualquier estado, sabiendo o debiendo saber de su origen ilícito. Del mismo modo, a aquel en cuyo poder se encuentren animales o partes de los mismos sin poder justificar su adquisición.

Por otro lado, la norma castigará con presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días), el porte de armas, herramientas o utensilios comúnmente empleados para el faenamiento de animales.

Asimismo, sancionará a los que comercien o presten los medios para facilitar la comercialización de animales vivos y carne procesada que no esté respaldada por los certificados que acrediten fehacientemente su origen.

En el caso que se compruebe que la carne faenada sea producto de abigeato, serán sancionadas con presidio menor en su grado máximo (3 años y 1 día a 5 años) y multa del valor de las especies hasta trescientos por ciento de dicho valor.

La normativa establece además que el Ministerio Público podrá requerir de las policías, con la autorización del juez de garantía, la práctica de diligencias investigativas. Lo anterior, cuando existan fundadas sospechas, basadas en hechos determinados, de que una persona cometió o participó en la preparación del delito.

Debate

Los parlamentarios/as manifestaron su respaldo a la iniciativa, coincidiendo en que esta busca proteger a los pequeños agricultores. Afirmaron que es necesario perseguir con dureza a las mafias organizadas, especialistas en robar animales.

Indicaron que se trata de un delito que daña profundamente la ruralidad y a las personas más vulnerables, que no están bancarizadas. Lo anterior porque sus ahorros están guardados en cabezas de ganado.

Concordaron que se debe realizar un plan de trabajo y prevención para encontrar soluciones efectivas, y generar instancias judiciales para encontrar más ágilmente los responsables.

Participaron en el debate las y los diputados Felipe Camaño (IND), Felipe Donoso (UDI), Francisco Pulgar (IND), Sara Concha (PSC), Harry Jürgensen (IND), Cristóbal Martínez (UDI), Gustavo Benavente (UDI), Marcos Ilabaca (PS), Flor Weisse (UDI), Hernán Palma (IND), Jorge Rathgeb (RN) , Henry Leal (UDI) , Daniel Lilayu (UDI), Joanna Pérez (IND), Marta Bravo (UDI), Fernando Bórquez (UDI), Yovana Ahumada (IND) y Miguel Mellado (RN).

Ver Boletín N° 11886-07 / Refundido con: 11890-07, 12334-07

Fuente: www.camara.cl

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