Con fecha 7 de marzo de 2025, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.726, que Otorga una asignación especial técnica del área de la salud, a funcionarios que indica.
Antecedentes
Las labores desempeñadas por los técnicos de la salud, debe ser destacada y reconocida, dado que implica un impacto sanitario relevante en el quehacer de las redes asistenciales, donde contribuyen a la promoción, protección y recuperación de la salud de los miles de usuarios y usuarias de los servicios de salud y los establecimientos de salud de carácter experimental, a través de sus habilidades y conocimientos especializados en materias específicas.
Objetivo
La presente ley tiene por finalidad destacar la importancia, en el ámbito de las políticas de salud pública, del personal del estamento técnico que realiza efectiva y permanentemente labores técnicas en salud y que cuente con títulos de nivel superior en el área de salud.
En este orden de ideas, se busca reconocer la formación y dedicación de tens y auxiliares en enfermería, estableciendo un bono especial para los funcionarios que desempeñen, efectiva y permanentemente, una función técnica en el área de la salud pública, estimulando así una actividad fundamental en el sistema de salud y favoreciendo la incorporación y retención de este valioso recurso humano.
Contenido
En concreto, el texto legal establece una asignación especial destinada a quienes cumplan una jornada completa de 44 horas semanales y estén en cargos de la planta de técnicos o a contrata asimilados a dicha planta de los servicios de salud.
El beneficio también se extenderá al personal de los establecimientos de salud de carácter experimental, contratado indefinidamente a plazo fijo.
Para estos efectos, se entenderá que desempeñan una función técnica en el área de la salud en los servicios y establecimientos a que se refiere esta norma, quienes ejecutan procedimientos y técnicas de su área de desempeño correspondiente, y participen y colaboren activamente en el cuidado de las personas, familias y comunidades durante todo el curso de vida; bajo supervisión del profesional del equipo de salud respectivo. El director del correspondiente servicio de salud o el director del establecimiento de salud de carácter experimental, según el caso, certificará que el funcionario realiza funciones técnicas en el área de la salud.
Requisitos y montos de la asignación
Para recibir el beneficio se exigirá que los funcionarios y funcionarias estén desempeñando dichas funciones, jornadas y cargos, además de contar con un título técnico de nivel superior de una carrera del área de la salud otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. Además, dicho funcionario/a y su título deberán, encontrarse inscritos en el registro nacional de prestadores individuales de salud.
El texto también establece los montos de la asignación especial técnica en el área de la salud, tanto para el régimen permanente, como durante los doce primeros meses contados desde la entrada en vigencia de la ley.
Para la percepción del beneficio, se requiere que el o la funcionaria se encuentre en servicio a la fecha de su pago, debiendo haberse desempeñado durante todo el mes respectivo.
La asignación establecida a través de la nueva norma se traduce en 31 mil pesos mensuales por los primeros 11 meses y luego el monto se ajusta por grado.
Cabe destacar que con la publicación de esta ley, se calcula que se verían beneficiados aproximadamente 57 mil trabajadores.