Con fecha 30 de mayo de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.673, que Adopta medidas para combatir el sobreendeudamiento.
Antecedentes
El monitoreo del endeudamiento de las personas es de especial importancia para el desarrollo de políticas públicas. Si bien un mayor y mejor acceso al crédito permite a las personas gestionar los descalces temporales entre sus ingresos y gastos, e incrementar por esta vía su bienestar, un alto nivel de endeudamiento puede afectar la capacidad de las personas para cumplir con sus compromisos financieros y hacerlos más vulnerables.
Para enfrentar esta situación de sobre endeudamiento, se han impulsado diferentes iniciativas, y la situación descrita exige una respuesta más inmediata, como un programa de garantías para refinanciar créditos de personas altamente endeudadas o revisar la normativa sobre pagos mínimos de créditos rotativos.
Objetivo
La norma tiene como propósito apoyar la sobrecarga financiera de las familias que no pueden cumplir sus compromisos económicos. Asimismo, busca también abordar el estado actual del sector de la construcción e inmobiliario, así como también los fraudes bancarios, sus costos y otros delitos asociados, de manera de contar con nuevas herramientas para combatir el sobreendeudamiento, el incremento en los costos del financiamiento y el alza de estos ilícitos.
Contenido
En concreto, el texto legal crea un nuevo programa de garantías para refinanciamiento de deudas de consumo y comerciales dentro del Fondo de Garantías Especiales focalizada en la clase media, e incentivando a las instituciones financieras a repactar las deudas de quienes presenten una relación deuda-ingreso riesgosa.
Por otro lado, la ley crea un nuevo mecanismo para el pago mínimo en tarjetas de crédito: consiste en traspasar a la Comisión para el Mercado Financiero la facultad de determinar la fórmula para el cálculo de esa cuota mínima, con el fin de resguardar que los pagos de las personas se destinen preferentemente a la amortización de capital y no sólo a intereses.
Mediante la norma, se introdujeron diversos perfeccionamientos a los programas vigentes del Fondo de Garantías Especiales de Construcción y Vivienda, con el fin de potenciar el apoyo a los sectores inmobiliario y de la construcción, dado a que el aumento en los costos y la caída en la demanda, han comprimido sus márgenes y deteriorado la capacidad de pago de las empresas de estos sectores.
“Auto fraudes” financieros
Además de las normas de apoyo al sobreendeudamiento, la nueva ley contempla medidas para evitar los llamados “auto-fraudes” bancarios. La justificación de esta norma es que, desde que comenzó a regir la Ley de Fraudes, que obliga a las entidades bancarias a restituir en un plazo de 5 días los montos no reconocidos menores a 35 UF, las denuncias son un 6.3 veces más altas que antes de la citada ley.
Debido a lo expuesto, se exigirá una declaración jurada del usuario y una denuncia ante una autoridad penal, para hacer efectiva la reclamación por fraude en operaciones. Asimismo, podrán ser sólo las transacciones efectuadas hasta 60 días anteriores a la denuncia.
Por otra parte, se faculta a la CMF para regular los estándares mínimos de seguridad, registro y autenticación de usuarios. Junto a esto, se permite ajustar de modo más expedito y periódico el monto a restituir, entre 15 UF y 35 UF ($558.000 y $1.300.000), extendiéndose el plazo para efectuar la restitución de los fondos bajo las 35 UF, de 5 a 10 días. Además, se permite la suspensión de la restitución de los fondos reclamados por antecedentes de dolo o culpa grave por parte del usuario.
La normativa también establece un listado de presunciones con las hipótesis más frecuentes en el último periodo, pero manteniendo el estándar de la culpa y la carga probatoria en el emisor como regla general.
Modificaciones
La ley en comento modifica los siguientes cuerpos legales:
– Ley N° 21.543, Crea un Fondo de Garantías Especiales
– Decreto con Fuerza de Ley N° 251, Sobre Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio
– Ley N° 18.010, Establece normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero
– Ley N° 20.009, que establece un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude
– Decreto Ley N° 3.472, Crea el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios