Con fecha 11 de julio de 2025, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.755, que Modifica cuerpos legales que indica en materia de simplificación regulatoria y promoción de la actividad económica.
Antecedentes
El proyecto de ley que da origen a la presente normativa, cuya autoría se atribuye al Ministerio de Hacienda, ingresó a discusión parlamentaria en su primer trámite constitucional el día martes 7 de enero de 2025.
En concreto, se trata de un Mensaje del presidente de la república con que inició un proyecto de ley que denominó “Modifica los Cuerpos Legales que indica, en materia de Simplificación Regulatoria y Promoción de la Actividad Económica”. Dicho mensaje corresponde al N° 298-372, de fecha 6 de enero de 2025 y se dirigió a la presidenta de la Cámara de Diputadas y Diputados. Se trata de una iniciativa que, en sus propias palabras, “busca contribuir al crecimiento económico sólido y sostenible en el año 2025, asegurando beneficios concretos y tangibles para todos los sectores de la sociedad chilena”.
Objetivo
La nueva ley tiene como propósito remover ciertos obstáculos que afectan a distintos sectores de la economía nacional, en un momento en que su reactivación resulta de primera importancia.
Además, busca fortalecer la competitividad del país mediante ajustes normativos puntuales, que otorguen mayor certeza jurídica y faciliten la toma de decisiones tanto en el ámbito público como privado y busca corregir errores en la legislación tributaria, específicamente, en las normas relacionadas con la elusión fiscal.
Contenido
En un escenario económico globalizado, contar con un marco regulatorio claro, predecible y armonizado es un requisito indispensable para atraer inversión, fomentar la innovación tecnológica y promover el desarrollo sostenible de sectores estratégicos.
El nuevo texto legal refleja el compromiso del Estado con la mejora continua de su sistema regulatorio y responde a la necesidad de adaptarse a los requerimientos de un entorno económico en constante evolución.
El texto legal cuenta con 32 artículos permanentes y dos artículos transitorios, y forma parte de las iniciativas legales cuya tramitación legislativa fue priorizada por el Ministerio de Hacienda.
Principales materias abordadas por la nueva ley
En materia Aduanera, se proponen ajustes a la Ordenanza de Aduanas destinados a clarificar el cómputo de plazos procesales y corregir referencias normativas para reforzar la seguridad jurídica.
La ley también modifica el artículo 100 bis del Código Tributario que regula la multa aplicable a los contribuyentes y asesores sancionados por aplicación de los artículos 4° ter o 4° quáter, estableciendo que las sanciones por elusión fiscal solo podrán ejecutarse tras una sentencia judicial firme, garantizando el equilibrio entre la potestad sancionadora del Estado y el debido proceso.
El nuevo texto autoriza al Banco Central de Chile a suscribir y pagar el incremento de la cuota de la República de Chile en el Fondo Monetario Internacional, financiándolo con cargo a sus propias reservas internacionales, cumpliendo con los plazos y condiciones establecidos por el mismo Fondo.
En materia laboral, se disponen normas interpretativas sobre modificaciones a la jornada laboral introducidas por la ley N°21.561 que modifica el Código del Trabajo con el objeto de reducir la jornada laboral.
En otro sentido, la ley prorroga el plazo para elaborar planes de acción comunal de cambio climático, y para la actualización de los planes de acción regional de cambio. El plazo originalmente fijado regía hasta el 13 de junio de 2025, y fue extendido hasta el 13 de junio de 2026. Esta medida busca fortalecer la capacidad de respuesta territorial frente a los desafíos ambientales.
Asimismo, se modifica la glosa 06, del Programa 01, Capítulo 02 de la Partida del Ministerio de Transportes para garantizar la implementación de la ley N° 21.678; y se autoriza al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a transferir recursos al Fondo de Infraestructura S.A. para la adquisición y posterior arrendamiento de terminales de buses en el Gran Valparaíso.
Cambios transitorios de las tasas del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) y de los Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios (PPMO)
En concreto, se trata de una nueva mini reforma a la legislación vigente, y de los cambios sustanciales que introduce la ley, quizás el más importante y esperado de todos en materia económica, dice relación con la disminución transitoria de las tasas del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) y de los Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios (PPMO), ligados a los contribuyentes empresas “Pymes” acogidas al régimen actual “Pro Pyme General” o del artículo 14, letra D) N° 3 de la LIR.
Estos cambios se expresan en el artículo 25 de la ley y se resumen en el siguiente Cuadro:
Contribuyentes beneficiados | Años Comerciales | Tasa del IDPC | |
IDPC (anual) | PPMO
(anticipo a cuenta del IDPC anual) |
||
Solo Régimen Pro Pyme (art. 14, letra D) de la LIR). En consecuencia, se entienden beneficiados exclusivamente los del régimen Pro Pyme General o del art. 14, letra D) N° 3 de la LIR.
Los demás regímenes, por ejemplo, como rentas presuntas o aquellos de un régimen sin contabilidad completa se entiende que deberán pagar el IDPC con la tasa general del 25%.
|
2025
2026
2027 |
En vez de aplicar la tasa general de 25%, se aplicará la tasa transitoria de 12,5% por los AT 2026, 2027 y 2028, respectivamente. | Disminuye a la mitad la tasa actual de PPMO, esto es, de 0,25% pasará a 0,125%. Esta disminución aplicará respecto al F29 (IVA) que corresponda realizar en el mes subsiguiente a la publicación de esta ley en el D.O., esto es, dado que la Ley N° 21.755, se publicó en el D.O. del viernes 11.07.2025, la tasa PPMO rebajada se entiende que aplicará a partir del F29 (IVA) del PT septiembre de 2025 y hasta el 31.12.2027, inclusive. |
2028 | La tasa transitoria de 12,5% aumenta a 15%, aplicando respecto del AT 2029. | N/A rebaja transitoria durante el AC 2028. Luego, se entiende que se vuelve a la tasa general de 0,25%. | |
2029 | ¿Se volvería a la tasa general 25% en el AT 2030? | N/A rebaja transitoria durante el AC 2029. Luego, se entiende que se vuelve a la tasa general de 0,25%. |
Simbología:
N/A = No Aplica.
AT = Año Tributario.
AC = Año Comercial.
Patentes comerciales provisorias y agilización de permisos de construcción
Para proporcionar un marco normativo que promueva la formalización de las actividades económicas, la responsabilidad de los contribuyentes y la mayor recaudación por parte de las municipalidades, la iniciativa prorroga la vigencia de patentes comerciales provisorias que vencieron el 2024 y modifica el plazo de vigencia de las patentes provisorias otorgadas conforme al artículo 26 de la Ley de Rentas Municipales.
También se elimina el numeral 2 del artículo 6 de la ley N° 21.718, sobre agilización de permisos de construcción, con el objetivo de restituir la competencia exclusiva del SERNAC en materias de protección al consumidor, garantizar claridad en el alzamiento de hipotecas y ajustar el marco sancionatorio al régimen general de multas por infracciones financieras.
Otras disposiciones
La nueva regula además, entre otras materias, las siguientes situaciones:
– En cuanto a la educación, se introducen medidas para incrementar cupos escolares en establecimientos educacionales y se regula de forma excepcional la modalidad de Educación de Jóvenes y Adultos (EPJA) en locales no educacionales.
– Por otro lado, se fomenta la investigación en universidades estatales mediante mayor flexibilidad en la gestión de recursos y exclusión de ciertas normativas de compras públicas.
– El texto reconoce de manera expresa un mecanismo especial de compensaciones al usuario y suspensión de cobro tarifario ante interrupciones no autorizadas o no justificadas de los servicios públicos sanitarios.
– Se modifican también los derechos a pagar en relación con los trámites ante la Comisión para el Mercado Financiero y su proceso de cobro.
– La ley aclara el estatuto aplicable a los jueces del Tribunal de Contratación Pública en materia de feriados, cometidos, comisiones de servicio y permisos.
– Se exceptúa transitoriamente a proyectos de construcción de viviendas de interés público de contar con autorizaciones de la DGA cuando sólo se afecten cauces artificiales y se cumplan los demás requisitos que se establezcan.
– La norma robustece la implementación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) y del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
La ley también incorpora otros cambios que incluyen beneficios laborales para jueces del Tribunal de Contratación Pública, la liberalización de premios de la Polla Chilena de Beneficencia para aumentar su competitividad y la compatibilidad de los cargos de consejeros del Consejo para la Transparencia con labores académicas en universidades estatales.
Por otra parte, se introducen ajustes al Sistema de tratamiento automatizado de infracciones de tránsito (CATI) para garantizar su adecuada implementación.
Modificaciones
La ley en comento modifica los siguientes cuerpos legales:
– Decreto con Fuerza de Ley N° 30, Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley de Hacienda Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas
– Código Tributario
– Código del Trabajo
– Ley N° 21.455, Ley marco de cambio climático
– Ley N° 21.722, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025
– Decreto N° 2.385, Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales
– Ley N° 21.718, sobre agilización de permisos de construcción
– Decreto con Fuerza de Ley N° 382, Ley General de Servicios Sanitarios
– Decreto Ley N° 3.538, Crea la Comisión para el Mercado Financiero
– Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios
– Decreto Ley N° 1.298, Crea sistema de pronósticos deportivos
– Decreto N° 152, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica de Polla Chilena de Beneficencia
– Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública
– Ley N° 21.549, Crea un sistema de tratamiento automatizado de infracciones del tránsito y modifica las leyes N° 18.287 y N° 18.290
– Ley N° 21.600, Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas
– Ley N° 20.658, Modifica plazo para reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga, y modifica otros aspectos de este mecanismo
– Ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales
– Ley N° 20.431, Establece normas que incentivan la calidad de atención al contribuyente por parte del Servicio de Impuestos Internos
– Ley N° 19.646, Concede beneficios económicos al personal del Servicio de Impuestos Internos, del Consejo de Defensa del Estado, de la Dirección de Presupuestos y de las Fuerzas Armadas, y dispone otras normas sobre racionalización del sector Hacienda
– Ley N° 20.241, Establece un incentivo tributario a la inversión en investigación y desarrollo
– Ley N° 20.283, sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal
– Ley N° 21.719, Regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales
– Ley N° 21.681, Crea el Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios y establece otras medidas para la reconstrucción