Comienza a regir grabado obligatorio de patentes en vehículos motorizados

Antecedentes

Con fecha 11 de septiembre de 2023, fue publicada la Ley N° 21.601, que Modifica la Ley de Tránsito para prevenir la venta de vehículos motorizados robados y sancionar las conductas que indica.

Dicha norma tuvo como propósito prevenir la venta de vehículos motorizados robados. En este sentido, establece una serie de medidas tendientes a prevenir la compraventa de vehículo motorizados que son consecuencia de robos, hurtos u otros delitos.

Una de estas medidas consiste en la obligatoriedad de grabar la placa patente única en los vidrios y espejos laterales de los vehículos, cuyas características fueron fijadas por el Decreto N° 13, de 14 de mayo de 2024.

Características del grabado de la placa patente

Debe ser permanente: es decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)

La letra debe ser legible, y en formato normal: es decir, que no use elementos como cursiva o negrita; y todo, siempre en mayúscula.

Las letras y dígitos de los vidrios: entre 7 y 10 milímetros de altura.

Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.

Ubicación del grabado

El grabado aludido en el texto debe estar ubicado en los siguientes sectores del vehículo:

VIDRIOS LATERALES
Costado inferior derecho de cada vidrio en el lado del conductor.
Costado inferior izquierdo en el lado del acompañante.

PARABRISAS
Costado inferior derecho (referencia, zona del conductor)

LUNETA
Costado inferior izquierda

ESPEJOS LATERALES
Arriba o abajo del vidrio, siguiendo el borde des sus lados paralelos al suelo.

Cabe destacar, que desde septiembre de 2024, las concesionarias debían entregar todos los vehículos nuevos con la patentes debidamente grabadas en vidrios y espejos.

Casos especiales

Los vehículos que determina el artículo 54 de la Ley de Tránsito (por ejemplo, aquellos de labores policiales o de FF.AA., o bien, vehículos extranjeros en tránsito temporal en el país), quedan exentos de esta solicitud.

En el caso de vehículos que cuenten con su patente pintada en sus costados (como taxis o camiones), deberán realizar el grabado sólo en espejos laterales y parabrisas.

Sanciones

A partir del 15 de mayo de 2025, tener los vidrios y espejos grabados de forma correcta es necesario para poder obtener la revisión técnica de los vehículos.

Además, quienes sean controlados por fiscalizadores, inspectores o Carabineros y no cuenten con el grabado, arriesgan una multa que va desde 1 a 1,5 UTM.

Entrada en vigencia

De acuerdo a la normativa señalada, desde el 15 de mayo de 2025, todos los vehículos motorizados que circulan en Chile deberán tener las patentes grabadas en vidrios y espejos.

La obligación de grabar la placa patente única en los vidrios y espejos laterales de los vehículos motorizados será exigible una vez que hayan transcurrido los plazos que se indican a continuación, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo segundo transitorio de la ley N° 21.601:

a) Vehículos nuevos: desde el cuarto mes de publicado el reglamento en el Diario Oficial. No se considerarán vehículos nuevos para estos efectos, aquellos comercializados entre el 11 de septiembre de 2023 y hasta el tercer mes contado desde la publicación del decreto N° 13, a los que les resultará aplicable el plazo establecido en la letra b) siguiente.

b) Vehículos comercializados de forma previa al 11 de septiembre de 2023: transcurridos doce meses desde la publicación del Decreto N° 13.

Fuente imagen: www.mtt.gob.cl

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