Creación de Fondo de Emergencia por Incendios

Con fecha 1 de julio de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.681, que Crea el Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios y establece otras medidas para la reconstrucción.

Antecedentes

Como es de público conocimiento, a inicios de febrero del presente año, un incendio de gran magnitud afectó las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Quilpué y Villa Alemana, en la Región de Valparaíso. Diversos siniestros que se originaron como incendios forestales, pasaron rápidamente a afectar los centros urbanos colindantes ante las favorables condiciones para su propagación.

Luego de un enorme esfuerzo que desplegó a bomberos, policías, personal de las FF.AA., brigadistas de CONAF, trabajadoras y trabajadores de la Salud, trabajadoras municipales y a funcionarios públicos, el día 4 de febrero se logró controlar el siniestro. El Gobierno decretó Estado de Excepción por Catástrofe, lo que permitió disponer de todos los recursos necesarios para combatir la emergencia, resguardar el orden público y ayudar a las familias afectadas.

Sin embargo, se hizo necesario poner el desafío de la reconstrucción como una meta trascendental, por lo que se ingresa un proyecto de ley que propone un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos para la reconstrucción ante la tragedia más grande que se ha vivido en Chile, desde el terremoto del 27 de febrero del año 2010.

Objetivo

El objetivo del fondo creado a través de la nueva ley, será solventar todo tipo de gastos para enfrentar los efectos y necesidades causadas por los incendios en las comunas Viña del Mar, Quilpué y Villa Alemana, de la región de Valparaíso.

Contenido

En términos generales, la norma crea un Fondo Transitorio de hasta $800 mil millones para reconstruir los sectores afectados por los incendios de la Región de Valparaíso. El articulado establece que este Fondo se extinguirá el 31 de diciembre de 2026 o antes si se agotaran los recursos, por lo que está diseñado bajo un marco de normas de transparencia para el buen uso de los recursos públicos y asegurando la transitoriedad, en línea con la responsabilidad fiscal.

Destino de los recursos del Fondo

Los recursos del Fondo se destinarán exclusivamente a financiar las siguientes iniciativas en la Región de Valparaíso:

1. Reposición y construcción de viviendas.
2. Intervenciones, proyectos y acciones de inversión para la habilitación, desarrollo, equipamiento, urbanización y arborización de espacios de uso público.
3. Subsidios de fomento productivo.
4. Subsidios laborales para personas que pierdan o presenten un grave riesgo de perder su fuente laboral.
5. Acciones y prestaciones de apoyo psico-social para las personas afectadas
6. Reposición, reconstrucción y habilitación de infraestructura pública dañada.

El financiamiento del Fondo será vía aportes de activos del Tesoro Público, que se verán incrementados por medidas impositivas transitorias y reforzados por la colaboración de los privados.

Las acciones implementadas o financiadas con cargo al Fondo no se extenderán por más tiempo que el de la existencia del Fondo, salvo que se trate de proyectos de inversión identificados con anterioridad a su extinción, que requieran mantenerse para su ejecución. No se podrá girar ni comprometer financiamiento con cargo al Fondo después de la fecha de su extinción.

Otras disposiciones

El proyecto de ley establece un Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales que permite adelantar el pago de impuestos con una tasa preferencial. Los contribuyentes podrán acogerse de manera voluntaria a este impuesto a las utilidades anotadas en el registro de rentas afectas a impuestos (RAI) a contar del 1 de enero del 2017, las que incluyen las utilidades acumuladas en el fondo de utilidades tributables (FUT) al 31 de diciembre de 2016. Podrán acogerse todos los contribuyentes tanto pertenecientes al régimen semi integrado como al régimen Pyme general de impuesto a la renta: los primeros tendrán una tasa de impuesto de 12% mientras que los segundos, de 30%.

Las medidas impositivas transitorias antes señaladas permitirán recaudar en 2024 y 2025 cerca de 0,11% y 0,10% del PIB por año, lo que equivale a unos $640 mil millones, aproximadamente.

Modificaciones

La norma en comento modificó los siguientes cuerpos legales:

– Ley N° 20.444, Crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe
– Decreto N° 2.385, Fija texto refundido y sistematizado del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales

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