Publicada ley que promueve la resiliencia financiera

Con fecha 30 de diciembre de 2023, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.641, que Fortalece la resiliencia del sistema financiero y sus infraestructuras.

Antecedentes

Las circunstancias económicas y financieras que el Banco Central de Chile ha debido enfrentar en los últimos años producto de la crisis económica causada por la pandemia del COVID-19, han dejado de manifiesto la relevancia de contar con un sistema financiero resiliente, que contribuya a atenuar los efectos económicos y sociales de las crisis.

Asimismo, el diseño y aplicación de herramientas para mantener la estabilidad del sistema financiero durante la crisis mostraron la existencia de espacios de mejora que permiten contar con un espectro más amplio de respuestas de las autoridades del sector financiero y una mejor adaptación de los agentes de mercado.

Objetivo

La finalidad de la presente ley, radica en fortalecer la resiliencia del sistema financiero y sus infraestructuras, buscando busca atenuar los efectos económicos y sociales en el sistema.

Contenido

Las nuevas disposiciones mejoran el mercado de operaciones de venta con pacto de retrocompra (REPO), que consisten en transacciones al contado de instrumentos financieros, realizadas en forma conjunta y simultánea con una compraventa a plazo.

Asimismo, se incorporó a estas transacciones en la ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, en el ámbito de la resolución de reorganización. Así también, una inclusión similar se anexa en la Ley General de Bancos, donde se agrega a las excepciones a las prohibiciones. De esta forma, se busca otorgar certeza jurídica en caso de incumplimiento de una de las partes de un convenio marco; permitiendo además que se efectúe una compensación de las obligaciones entre las partes, dándoles el tratamiento de “obligaciones conexas”.

Por otra parte, se amplía el acceso a los sistemas de pagos del Banco Central, servicios de gestión de liquidez y otros para instituciones e intermediarios financieros no bancarios, como las cooperativas de ahorro y crédito; se fortalece la institucionalidad de infraestructuras del mercado financiero; se incorpora un procedimiento simplificado de obtención de Rol Único Tributario para facilitar la internacionalización del peso chileno, entre otras medidas.

Cooperativas

Respecto a las cooperativas de ahorro y crédito (CAC), La norma considera la supervisión integral de la Comisión del Mercado Financiero de estas entidades, como órgano regulador por excelencia del sistema financiero.

En este sentido, se propone un reconocimiento de las particularidades y perfil de riesgo de las CAC, lo que representa una innovación respecto de la fiscalización que ejerce la CMF sobre ellas. De esta manera se fortalece la proporcionalidad de la fiscalización, el respeto a las características de estas entidades y su naturaleza cooperativa.

Por otra parte, se establece que las CAC fiscalizadas por la CMF (por tener o haber tenido un patrimonio mayor a 400 mil UF) accederán servicios de banca central que no incluyen financiamiento (sistemas de pago). Por otro lado, aquellas con más de 800 mil UF además accederán a servicios de financiamiento y refinanciamiento.

La ley e incorpora la flexibilización en el acceso a servicios de financiamiento del Banco Central para aquellas CAC que, superando el umbral de 800 mil UF, pudieran verse enfrentadas a situaciones transitorias de liquidez.

Para ello, se establece un mecanismo que supone la coordinación de CMF, a quien se presenta el plan de regularización. Posteriormente, el Banco Central deberá analizar la solicitud antes de otorgar el financiamiento.

Modificaciones

La norma en comento modifica los siguientes cuerpos legales:

– Ley N° 20.720, Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo
– Decreto con Fuerza de Ley N° 3, Fija texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos y de otros cuerpos legales que se indican
– Ley N° 18.840, Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile
– Ley N° 20.345, sobre Sistemas de compensación y liquidación de instrumentos financieros
– Ley N° 18.876, Establece el marco legal para la constitución y operación de entidades privadas de depósito y custodia de valores
– Decreto con Fuerza de Ley N° 5, Ley General de Cooperativas
– Código Tributario
– Ley N° 18.045, de Mercado de Valores
– Ley N° 20.712, sobre Administración de fondos de terceros y carteras individuales

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