Ley aprueba suspender plazos de caducidad de inscripciones en el Registro Pesquero Artesanal

Con fecha 24 de julio de 2023, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.588, que Suspende excepcionalmente la declaración de caducidad del Registro Pesquero Artesanal.

Antecedentes

Para ejercer la actividad extractiva, los pescadores artesanales deben estar inscritos de forma previa en el Registro Pesquero Artesanal que lleva el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. En este orden de ideas, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el mes de junio de cada año, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, debe caducar las inscripciones en el Registro Pesquero Artesanal a quienes se encuentren en alguna de las situaciones descritas en el mismo, indicando los supuestos de hecho fundantes.

Cabe señalar, que la caducidad provoca uno de los efectos más severos en el ordenamiento jurídico pesquero, dado que su aplicación acarrea la imposibilidad de seguir operando en el sector de forma definitiva respecto de los recursos respectivos.

En el contexto de la pandemia provocada por el Coronavirus, se produjeron efectos nocivos no solo en la salud de las personas, sino también en las actividades económicas de los países. En concreto, en el caso de la pesca, dichos efectos cobraron especial relevancia, dado que las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria durante los años 2020, 2021 y parte del 2022, implicaron una interrupción en las operaciones pesqueras, especialmente del sector artesanal, que no ha podido funcionar con normalidad.

Este anormal funcionamiento, ha dificultado el cumplimiento de los requisitos que se exigen para mantener la titularidad en el Registro Pesquero Artesanal, haciendo procedente la caducidad de la misma, por incurrirse en las causales explícitamente contempladas en la ley.

Objetivo

La nueva ley tiene como propósito mitigar las consecuencias económicas y sociales sufridas por el sector a causa de la pandemia por Covid, con el fin de atenuar los efectos adversos que provocó la interrupción de sus actividades, con el fin de retomar el normal funcionamiento de las instituciones.

Esta medida beneficia alrededor de 30 mil pescadores y pescadoras, los que se vieron afectados por la crisis sanitaria, que generó un comportamiento inusual de la actividad pesquera en los últimos tres años.

De esta forma, se podrá restablecer el normal procedimiento de verificación del cumplimiento de los requisitos determinados por ley; además de contar con información actualizada y completa del Registro Pesquero Artesanal.

Contenido

El presente texto, suspende la declaración de caducidad de la inscripción en el Registro Pesquero Artesanal establecido en la Ley de Pesca hasta el 31 de diciembre de 2024, excluyendo causales de infracciones graves y delictivas.

Junto a la suspensión de la caducidad, la norma establece otras medidas; entre ellas, que, si un armador artesanal no paga la patente pesquera, la caducidad se suspenderá hasta el 31 de diciembre de 2023.

De esta forma, la medida que dispone la presente ley, permitirá que en el año 2025, se reúna toda la información relativa a la realización de actividades de la pesca artesanal, y la documentación, extendida por la autoridad marítima, para los tres años anteriores (2024, 2023 y 2022).

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