Con fecha 4 de mayo de 2023, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.573, que Modifica la Ley N° 21.516, de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público para el Año 2023, y el número de días de viático por funcionario establecido en el decreto con fuerza de ley N° 262, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de Viáticos para el Personal de la Administración Pública.
Antecedentes
La Ley N°21.533, de 17 de enero de 2023, modificó nuestra Carta Fundamental estableciendo un nuevo procedimiento para elaborar una Constitución. Con tal propósito estableció que el Servicio Electoral deberá organizar la elección de los miembros del Consejo Constitucional, instancia que tendrá lugar el 7 de mayo de 2023. Asimismo, la reforma referida estableció la realización de un Plebiscito Nacional para que el electorado se pronuncie sobre la propuesta del Consejo Constitucional, el que se realizará el 17 de diciembre de 2023.
Asimismo, la reforma constitucional estableció la obligación del Congreso Nacional, de prestar el apoyo técnico y administrativo a los organismos que intervendrán en el proceso constituyente, esto es, el Consejo Constitucional, la Comisión Experta y el Comité Técnico de Admisibilidad.
Objetivo
La presente normativa tiene dos objetivos. Por una parte, habilitar al Servicio Electoral a pagar un bono al personal que participará en la preparación y en los propios procesos que se desarrollarán este año: elecciones de consejeros constitucionales, el 7 de mayo; y el plebiscito de salida planeado para el 17 de diciembre.
El segundo propósito consiste en ampliar el número máximo de días de viático dispuesto en la ley para funcionarios públicos. Esto, particularmente dispuesto para el personal de ambas cámaras y de la Biblioteca del Congreso Nacional que presten apoyo legislativo y administrativo a organismos creados para elaborar una nueva Constitución.
Contenido
La nueva glosa para el Servel considera gastos que superan los cuatro mil 500 millones de pesos para personal.
En este sentido, el nuevo texto legal dispone que se otorgará un bono equivalente a 4 UF (aproximadamente 143.000 mil pesos) para quien reciba las copias del acta de mesas e incorpore los resultados al sistema computacional. Los ayudantes técnicos, en tanto, recibirán 2,5 UF (aproximadamente 90 mil pesos).
Los bonos antes mencionados se pagarán por las tareas realizadas en cada acto electoral que corresponda ejecutar durante el año 2023, y está dirigido a quienes figuren en las nóminas aprobadas por el Servel.
Cabe señalar, que el citado bono no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno.
Por otra parte, la norma establece que durante el año 2023, las trabajadoras y los trabajadores de ambas Cámaras del Congreso Nacional y de la Biblioteca del Congreso Nacional, tendrán derecho a más de 90 días de viático. Ellos podrán ser seguidos o alternados, con el 100% del viático completo correspondiente a labores de apoyo técnico legislativo y administrativo.
Finalmente, la regulación indica que esta ley se financiará con cargo a cada uno de los organismos mencionados, y en lo que falte, el Ministerio de Hacienda podrá suplementarlos con los recursos que se traspasen de la Partida Tesoro Público. Se especifica además, que en los años siguientes, se cargará a la Ley de Presupuestos respectiva.
Modificaciones
La norma en comento modifica la Ley N° 21.516, Ley de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2023.
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