El día 7 de abril de 2021, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.324, que posterga las próximas elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes por motivo del COVID-19.
La nueva calendarización al fuerte incremento de casos de contagios por Covid-19 en el país, con el objeto de evitar aglomeraciones al momento de sufragar y disminuir el desplazamiento de los ciudadanos.
Contenido de la ley
La reforma constitucional contempla el cambio de las fechas referidas en el artículo 130 de la Constitución sobre la elección de los convencionales constituyentes y en artículos transitorios que se refieren a elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes.
Las nuevas fechas son las siguientes:
– Elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores regionales y convencionales constituyentes: 15 y 16 de mayo de 2021.
– Segunda vuelta de los gobernadores regionales: 13 de junio de 2021.
Las autoridades asumirían formalmente el cargo el 14 de julio.
– Primarias presidenciales: 18 de julio de 2021.
A su vez, se modifica la fecha de mandato de alcaldes y concejales -que ya había sido prorrogado hasta el 24 de mayo-, hasta el 28 de junio de 2021.
Campañas Electorales
Asimismo, se contempla una nueva disposición transitoria que suspende la campaña electoral aplicable a las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes, desde 24 horas del día de publicación de esta reforma hasta las 24 horas del 28 de abril, retomándose entre el 29 de abril y el jueves 13 de mayo.
Se disponen entre otras, las siguientes reglas:
– No podrá realizarse propaganda electoral durante el plazo de la suspensión, en medios de comunicación social, plataformas digitales, redes sociales, aplicativos y aplicaciones de internet.
– Respecto a la transmisión de la franja electoral de candidatos a convencionales constituyentes se suspenderá el día de la publicación de la reforma, si ese día es anterior al 8 de abril. Si quedara un remanente de días para completar la transmisión, los canales de televisión deberán destinar un número equivalente de días al remanente para transmitir la franja televisiva, hasta el tercer día anterior a la elección.
– Se prorroga el mandato de los alcaldes y concejales en ejercicio a la fecha de publicación de la presente reforma constitucional hasta el 28 de junio de 2021.
– Gastos de campaña: Durante la suspensión de la campaña, solo se permitirán los gastos relativos a arriendos, pago a personas que presten servicios y gastos asociados a créditos de campaña.
Modificaciones Legales
La presente ley introduce modificaciones a la Constitución Política de la República.
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